DOCENTES DE UNA ESCUELA POR PROTOCOLO DEBIERON SER AISLADOS

Una maestra de grado de un establecimiento educativo resultó positivo de Covid-19 y rápidamente, se dió inicio al protocolo indicado en el Plan Jurisdiccional 2021, actualizado tras el regreso a las aulas. Se trata una acción coordinada entre los sistemas de salud y de educación.

Como el personal docente de este establecimiento educativo en cuestión, debió ser aislado en consecuencia (salvo los alumnos) las instalaciones fueron cerradas para dar lugar a la desinfección correspondiente y dar continuidad pedagogica a través de la virtualidad tal como lo indica la referente de salud designada por el Municipio de Colón para este tipo de situaciones. Estas acciones se llevarán a cabo hasta el 21 de mayo, fecha estimada por dicha referente.

Esta persona es encargada de brindar asesoramiento a los establecimientos educativos para evacuar dudas en la implementación de los criterios sanitarios comprendidos en este plan.
Organizar la vigilancia epidemiológica de COVID-19 en el ámbito escolar, que estará a cargo del sistema de salud local. Consiste en el seguimiento de los casos sospechosos; la realización de estudios complementarios a los fines de confirmar o descartar el diagnóstico; la identificación, el aislamiento preventivo y el seguimiento de contactos estrechos, y el monitoreo de la evolución de los casos confirmados.
También, es facultad de dicha referente implementar toda otra acción de vigilancia activa en las escuelas que resulte de aplicación por definición del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires.
Las áreas de epidemiología de las Regiones Sanitarias serán las responsables de supervisar el cumplimiento de estas acciones y definir pautas orientativas para el sistema local de salud.
Por otra parte, se promueve que el equipo de dirección de cada escuela defina a un interlocutor de la institución para facilitar la articulación con el referente de salud local designado y evitar múltiples canales.
Las acciones coordinadas entre el sistema educativo y el sistema de salud local, deberán ser informadas en el ámbito de las Unidades Educativas de Gestión Distrital (UEGD).

El Plan Jurisccional preve además, que toda persona perteneciente al establecimiento educativo que presente dos o más de los siguientes síntomas, como fiebre, tos, dificultad respitaria  sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica no debe concurrir. Incluye también, ser contacto estrecho de caso confirmado de COVID-19, y que dentro de los 14 días posteriores al contacto presente 1 o más de estos síntomas: fiebre (37.5 °C o más), tos, odinofagia, dificultad respiratoria, pérdida repentina del gusto o del olfato.

Actualización para el inicio de clases 2021
Se considera caso confirmado aquel caso sospechoso que tenga resultado de laboratorio confirmatorio o certificado médico que así lo acredite (confirmación por nexo epidemiológico).
Por otra parte se considera contacto estrecho a cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a 2 metros con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas, o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas, sin las medidas de protección adecuadas (uso de tapabocas) durante al menos 15 minutos. (ej. convivientes, visitas, compañeras/os de trabajo, etc).

No pueden concurrir al establecimiento educativo estudiantes y trabajadoras o trabajadores que:
A) Sean considerados casos sospechosos o confirmados de COVID-19
Ante la aparición de un caso sospechoso o confirmado, se seguirá el protocolo de actuación obrante en el Anexo IV, estando a cargo del servicio de salud local el cumplimiento de la política de vigilancia.
B) Sean considerados como contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado. Los contactos estrechos de casos confirmados (y que no presentaron síntomas) podrán regresar luego de los 14 días del último contacto sin necesidad de alta médica.
Los contactos estrechos de casos sospechosos podrán regresar cuando se haya descartado el caso, acreditando la documentación correspondiente, o luego de los 14 días del último contacto sin necesidad de documentación médica.
C) Presenten cualquier síntoma compatible con COVID-19. Cuando la o el estudiante o trabajador de la educación hayan presentado un único síntoma compatible con COVID-19 -aunque esta situación no los configure como caso sospechoso- no podrán concurrir al establecimiento educatiivo hasta pasadas las 24 horas sin síntomas.
D) Hayan viajado a un distrito que se encuentra en Aislamiento Social Preventivo Obligatorio.
Quienes hayan viajado a un distrito que se encuentra Aislamiento Social Preventivo Obligatorio podrán regresar luego de los 14 días de su vuelta, si no presentaron síntomas, no requieren alta médica

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *