UN CASO DE ABUSO SEXUAL EN COLÓN FUE EL PRIMER JUICIO POR LA VERDAD DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE PERGAMINO

El primer juicio por la verdad del Departamento Judicial Pergamino culminó con una histórica condena por abuso sexual de episodios ocurridos en la década del 90 en la ciudad de Colón. El fallo de la jueza Hamué fue una declaración de responsabilidad penal sin aplicación de pena; tal como determina esta modalidad de litigación.

El Juicio por la Verdad permite llevar los casos al estrado y que un juez brinde un veredicto en base a lo que se ventile en el debate con las pruebas y testigos aportados por la Fiscalía y las estrategias para sostener la inocencia que interpongan los defensores.

El proceso, llevado adelante en el marco de una causa de instancia privada, tuvo como protagonista a una víctima que, tras años de silencio, logró que su testimonio fuera escuchado en sede judicial.

La sentencia fue dictada por la jueza Gladys Hamué, titular del Juzgado del Joven.

La víctima es un hombre adulto, a quien la situación traumática padecida de niño, aproximadamente a los 12 años, lo angustió durante mucho tiempo y atravesó dolorosos momentos de consumo de sustancias de estupefacientes durante la adolescencia y juventud.
Justamente, en un centro de rehabilitación fue donde pudo contar todo lo padecido y encontrar el origen de todo su malestar.
El coraje logrado para poder compartir los padecimientos con su familia lo animaron a llevar adelante una denuncia penal e ir hasta las últimas consecuencias judiciales.

Lamentablemente, el delito prescribió al momento de llevar la causa a juicio y lograr una condena con una pena privativa de la libertad para el autor de los vejámenes.

El fiscal Horacio Oldani y el instructor judicial Pablo Ferreira de la Fiscalía del Fuero de Responsabilidad Penal 1 estuvieron involucrados en la acusación.

En tanto, los abogados Rodolfo Migliaro y Alberto Decunta ejercieron la defensa penal del imputado.

El sujeto ocupó el banquillo de los acusados y presenció el debate judicial en la sala de audiencias del Juzgado del Joven de calle Florida entre San Nicolás y 25 de Mayo.

Este proceso, que marca un hito en la historia judicial de la región, sentó un precedente clave por actuaciones que están en marcha para ir a Juicio por la Verdad y otras que puedan surgir a partir de la visibilización comunitaria de esta posibilidad de litigar a pesar de que el delito se encuentre prescripto.

El fallo de la jueza Hamué fue una declaración de responsabilidad penal sin aplicación de pena; tal como determina esta modalidad de litigación.

Abusos en el campo
En un predio rural del sujeto condenado ocurrieron los hechos cuando ambos eran menores de edad y estaban vinculados por relaciones muy cercanas entre los padres de cada uno.
Si bien no eran familiares, tenían una relación como si lo fueran al punto que las parejas de padres eran padrinos de los hijos del otro matrimonio y viceversa.

El primer episodio que se mencionó en el juicio por situaciones ocurridas en un campo de la zona rural de Colón en la década del noventa. La víctima era un niño de 9 años y el condenado era un adolescente de 14 o 15 años; por lo tanto inimputable para la Ley Penal. De esta manera, esa situación no fue juzgada.

Lo que si se debatió es un suceso ocurrido cuando la víctima tenía 12 años y el victimario, 17.

El niño fue obligado por el muchachito mayor a realizar prácticas en partes íntimas de su cuerpo. Luego, ocurrieron otras situaciones más traumáticas y morbosas que vulneraron la intimidad sexual del niño y le generaron el trauma de por vida.

Fuente: Diario La Opinión de Pergamino

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