POLÍTICA

VIDAL PROMULGÓ LAS LEYES IMPOSITIVA, PRESUPUESTO Y ENDEUDAMIENTO

A una semana de la votación en la Legislatura, la Gobernadora de la provincia de Buenos Aires firmó los decretos, que fueron publicados en el Boletín Oficial, y prevé gastos por más de 900 mil millones de pesos, y toma de deuda superior a los 65 mil millones.

Este martes, la gobernadora María Eugenia Vidal promulgó las leyes de Presupuesto, Endeudamiento y la Ley Impositiva, que regirá a partir del 1° de enero de 2019. el decreto fue firmado también por el jefe de Gabinete, Federico Salvai, a una semana de la votación en la Legislatura bonaerense.

Los únicos bloques que rechazaron la totalidad de las iniciativas fueron Unidad Ciudadana y el FIT. En tanto, el Frente Renovador, el Frente Amplio Justicialista y el bloque PJ – Unidad y Renovación rechazaron el Presupuesto pero votaron por la afirmativa en el endeudamiento y la Impositiva.

El presupuesto para el año próximo será concretamente de 929.466.529.724 pesos, de los cuales 511.994.655.873 pesos irán a la administración central, 249.016.250.351 a organismos descentralizados y 168.455.623.500 a los institutos de previsión social.

Pero para poder sancionarlo, Cambiemos aceptó una serie de modificaciones:

La Provincia se hace cargo de la tarifa social de energía eléctrica y asume la compensación tarifaria del transporte y gasoil de los servicios prestados en los distritos.
El Ejecutivo afronta los gastos para sostener la tarifa social de AySA.
El Tribunal de Cuentas de la Provincia podrá eximir de las sanciones a intendentes y funcionarios que hayan autorizado para otros fines recursos afectados.
Se impuso un “Plan de Saneamiento financiero” para que los municipios con déficit acomoden sus cuentas en tres años, “a razón que impacte como mínimo un treinta y tres con treinta y tres por ciento (33,33%)” en cada ejercicio.
Se creó un régimen especial de ayuda económica para “financiar total o parcialmente obras municipales”.
Además se modificó una serie de alícuotas, previstas en el artículo 20 de la ley Impositiva:
1% a la venta al por mayor de productos farmacéuticos.
2,3% a la venta de autos, camionetas y utilitarios, nuevos, excepto en comisión; y de vehículos automotores, nuevos n.c.p.
4% a la elaboración de cerveza, bebidas malteadas y de malta.
Se otorga un crédito fiscal anual materializado en forma de descuento en el monto del Impuesto Inmobiliario Rural del 20% “para los inmuebles destinados a producción agropecuaria”.

Fuente: La Tecla

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